De fecha 25/01/2011 mediante la cual se exhorta a los Gobernadores y Alcaldes de la República Bolivariana de Venezuela, a abstenerse de autorizar permisología correspondiente a la instalación, funcionamiento y explotación de máquinas traganíqueles en al ámbito nacional en virtud de ser una competencia exclusiva de la Comisión Nacional de Casinos, atribuida en la Ley Especial que regula la actividad de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles. G.O.R.B.V N° 39.611 de fecha 8/02/2011.


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